Tras casi nueve meses en prisión preventiva, el imputado recuperó su libertad luego de que un fallo unánime cerrara el procedimiento especial por inimputabilidad —figura que se aplica cuando una persona, debido a un trastorno mental, no puede comprender ni dirigir sus actos—, en el cual se le atribuían los delitos de sustracción de menor en grado frustrado y robo por sorpresa.
DEFENSA
La abogada Claudia Nievas López, Defensora Local Jefe de la Defensoría Regional de Antofagasta, explicó que el juicio se desarrolló bajo la figura de medida de seguridad precisamente por la patología mental del acusado. “El juicio fue por medida de seguridad, toda vez que el imputado presenta una patología mental diagnosticada con un trastorno del espectro de la esquizofrenia”, detalló.
DESCARTAN ROBO Y SUSTRACCIÓN
Respecto de la supuesta sustracción de un menor, el tribunal concluyó que no existió intención de alejar al niño de sus cuidadores. Los hechos demostraron que el imputado, al percatarse de la situación, cruzó la calle y dejó al niño en el antejardín de una vivienda cercana. “Respecto del delito de sustracción de menores, no resultó asentado de manera unívoca que la conducta que se le imputa al imputado tuviera como propósito el sustraer al menor de la esfera de resguardo y cuidado de sus reales cuidadores”, precisó la defensora.
En cuanto al robo por sorpresa, los jueces determinaron que no concurrió el ánimo de lucro, elemento esencial para configurar ese delito. “Respecto del robo, el tribunal entiende igualmente que este no fue justificado, en la medida que no existe ninguna prueba que indique que su conducta podría calificarse como delito”, expresó Nievas López.
LIBERTAD INMEDIATA
El fallo también invocó el principio de fragmentariedad del Derecho Penal- que establece que sólo debe intervenir ante conductas que representen un peligro real y grave-.peligrosidad. Al no acreditarse ese riesgo, se descartó toda medida de seguridad y se ordenó la libertad inmediata del imputado.